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¿Sabías que existen normas que rigen el calzado de seguridad?

La seguridad de los trabajadores, en cualquier tipo de industria, siempre ha sido de gran importancia para las empresas. Es por ello que que existen normas para asegurar a los trabajadores, independientemente de las actividades que realicen, ya que los riesgos están siempre presentes.  En este artículo te presentamos, de forma general, la Norma Oficial Mexicana de  Seguridad - equipo de protección- calzado de protección.

 

La NOM-113-STPS-2009 es la norma que trata sobre las características, clasificación y métodos de prueba con el que debe cumplir el calzado de seguridad. Los puntos más importantes que tu, como empresario o trabajador, debes revisar al momento de comprar calzado de seguridad, para saber si el calzado cumple con la norma son las especificaciones y clasificación. Dentro de la clasificación, podrás encontrar el tipo de calzado que requieres de acuerdo a las actividades que se realizan.

¿Sabías que existen normas que rigen el calzado de seguridad?

Según la norma, el calzado de seguridad se clasifica en 5 tipos: 

Tipo I Calzado ocupacional

Es aquél destinado a usarse en actividades de trabajo donde el usuario está expuesto únicamente a riesgos menores, tales como cortaduras, laceraciones, golpes contra objetos, entre otros, que no requiere contar con alguna característica especial de protección

Tipo II Calzado con puntera de protección 

Es aquél destinado a la protección integral de los dedos de los pies, donde existen riesgos de impacto y compresión

Tipo III Calzado de protección dieléctrico 

Es aquél destinado a proteger al usuario contra riesgos de choque eléctrico.

Tipo IV Calzado de protección metatarsal

Es aquél destinado a proteger el empeine del pie contra riesgos de impacto directo al metatarso, además de cubrir los riesgos del calzado Tipo II.

Tipo V Calzado de protección conductivo

Es aquél destinado a disipar la electricidad estática del cuerpo al piso, para reducir la posibilidad de ignición de mezclas explosivas o sustancias inflamables.

Tipo VI Calzado de protección resistente a la penetración 

 Es aquél destinado a proteger la planta del pie del usuario contra objetos punzo-cortantes que puedan traspasar la suela del calzado.

Tipo VI Calzado de protección antiestático

Es aquél destinado a reducir la acumulación de electricidad estática, disipándola del cuerpo al piso manteniendo una resistencia lo suficientemente alta para ofrecer al usuario una protección limitada contra un posible riesgo de choque eléctrico.

 

En Impermexa, donde la seguridad es nuestro compromiso, tenemos el calzado de seguridad que necesitas, con las especificaciones que cumple esta NOM. Consulta el calzado de seguridad que tenemos disponible en https://www.impermexa.com/equipo-de-seguridad/calzado/

 

 

 

Fuentes 

http://www.dof.gob.mx/normasOficiales/3924/stps1/stps1.htm

 

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